Ley de Protección al Empleo
- Rolando Javier Cisternas Rojas
- 10 jun 2020
- 2 Min. de lectura
¿En qué consiste esta ley?
La Ley de Protección del Empleo busca proteger la fuente laboral de los trabajadores y trabajadoras, permitiéndoles acceder a las prestaciones y complementos del Seguro de Cesantía, cuando se presenten las siguientes situaciones:
Se suspenda el contrato de trabajo por acto de autoridad (cuarentena).
Se acuerde un pacto de suspensión del contrato de trabajo.
Se acuerde un pacto de reducción temporal de la jornada de trabajo*.
* Si el empleador quiere pactar la reducción de jornada con uno o más trabajadores, deberá realizar la solicitud online del pago del complemento de remuneración a través del sitio https://midt.dirtrab.cl de la Dirección del Trabajo.
¿En qué consiste la suspensión del contrato laboral?
La Ley de Protección del Empleo permite que los empleadores que vieron afectadas sus actividades, total o parcialmente, por restricciones sanitarias a raíz de la pandemia Covid19, se acojan a algunas de las siguientes situaciones:
Suspensión del contrato de trabajo por acto de autoridad La suspensión del contrato de trabajo por acto de autoridad aplica cuando la autoridad ordena la paralización total o parcial de las actividades por restricciones sanitarias a raíz del Covid-19 (por ejemplo, cuando se declara paralización de actividades económicas de manera temporal para el país o una zona en particular). El beneficio consiste en que las y los trabajadores pueden acceder a su remuneración a través del Seguro de Cesantía.
Pacto de acuerdo de suspensión del contrato de trabajo
Los empleadores que vean afectadas sus actividades, a causa de las restricciones sanitarias por Covid-19, pueden pactar la suspensión temporal del contrato de trabajo con sus trabajadores, de forma individual o colectiva. Este acuerdo permite que los trabajadores puedan acceder a su remuneración a través del Seguro de Cesantía.
Para el empleador, la suspensión implica el cese de la obligación de pagar la remuneración y demás asignaciones que no constituyan remuneración. Para cubrir parte de la remuneración de los trabajadores durante la vigencia de la suspensión, el empleador debe solicitar este pago con cargo al Seguro de Cesantía. El empleador deberá seguir pagando las cotizaciones previsionales y de salud, por el total de los ingresos originales, durante el periodo que dure la suspensión del contrato hacer los trámites correspondientes para que se gestione. El empleador podrá completar el trámite de solicitud de suspensión del contrato laboral, ya sea por acto o declaración de autoridad o por pacto con los trabajadores en pactos.afc.cl.
¿En qué consiste el pacto de reducción temporal de la jornada de trabajo?
Esta modalidad permite que los empleadores puedan acordar con sus trabajadores, de manera individual o colectiva, la reducción de hasta el 50% de la duración de su jornada de trabajo.
¿Cuáles son sus efectos?
El empleador debe pagar la remuneración de acuerdo a las horas trabajadas y las cotizaciones previsionales proporcionales a la jornada.
El trabajador recibe un complemento adicional a su sueldo de hasta un 25% con cargo al Seguro de Cesantía.
Se mantienen los beneficios tales como aguinaldos, asignaciones, bonos y otros conceptos excepcionales o esporádicos.
* fuente: http://www.afc.cl

Comments